Para poder facturar, es obligatorio dar de alta dos puntos de venta: uno para facturación en línea y otro para talonario de respaldo.
¿Cuántos puntos de venta puede tener un monotributista?
Según el artículo 2 inciso “e” del Anexo de la Ley N° 26.565 (Ley de Monotributo), un pequeño contribuyente puede tener hasta tres actividades simultáneas o tres unidades de explotación.
Opción 1: Alta desde «Registro Único Tributario»
- Ingresá AFIP y logueate con tu clave fiscal.
- En el portal, buscá Sistema Registral y hacé clic para ingresar.
- Seleccioná Registro Único Tributario.
- Andá a la sección Puntos de Venta y elegí «Modificar».
- Hacé clic en Agregar nuevo punto de venta.
- Completá los datos requeridos:
- Modo de facturación: Comprobantes de Exportación – Factura en Línea (para Factura E).
- Nombre de Fantasía: Tu nombre y apellido.
- Domicilio: Fiscal.
- Finalizá el trámite. El punto de venta puede tardar algunos minutos en habilitarse y suele activarse en días hábiles.
Opción 2: Alta desde «Administración de Puntos de Venta»
- Ingresá AFIP con clave fiscal.
- Andá a Administración de Puntos de Venta.
- Elegí el modo de facturación Monotributo Facturación en Línea (Factura C).
- Completá los datos requeridos y finalizá.
Ambas opciones son válidas para habilitar tus puntos de venta.

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